miércoles, 5 de mayo de 2010

Marco penal: condena para las drogas

El marco penal se ha visto reforzado en los últimos años con relación a estos problemas sociales que no dejan de estar presentes en las acciones de los individuos. Muchas veces se configura como un tema tabú donde no se quiere escarbar más para no sacar a la luz determinados temas relacionados con ese grupo marginal al que hacía alusión la introducción primera; y otros, como un tema de relevancia pública exhibiendo continuamente imágenes, reportajes y todo tipos de informaciones no se sabe muy bien si para concienciar, que sería el objetivo óptimo, o para crear una mayor morbosidad entre la gente.

De igual modo, conocemos que en la índole penal da lugar a penas privativas de libertad considerando en todo momento las circunstancias en las que se comete el delito. Además, hay que tener en cuenta que en el marco jurídico existen las rebajas de pena según las eximentes o atenuantes del hecho delictivo.

Sin ánimo de entrar mucho en el terreno de lo penal y con términos jurídicos complicados, podemos establecer una tipología de delitos relacionados con las drogas según su procedencia, y por ello, queremos hacer una distinción entre los delitos cometidos por tráfico de drogas, es decir, aquella persona que ha trasladado o traficado cualquier tipo de sustancia estupefaciente con otras personas y que por tanto, atenta contra la salud de dichas personas; y los delitos cometidos bajo los efectos de las drogas ya sea alcohol o sustancias estupefacientes.

En cuanto a las penas de los delitos cometidos por tráfico de drogas, los delitos base (sin agravantes niatenuantes) tendrán pena de uno a tres años de privación de libertad; mientras que los delitos con pena máxima serán de cinco a diez años de privación de libertad según la cantidad de droga, drogas más perjudiciales para la salud o que se cometa dentro de una organización colectiva. Y en cuanto a los delitos cometidos bajo los efectos de las drogas, suelen consituir delitos contra la seguridad del tráfico por uso de alcohol y/o drogas. Por ello, conducir bajo influencia de bebidas alcohólicas o drogas tendrá una pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses, pudiendo reemplazar en base al caso concreto por trabajos en beneficio de la comunidad según el artículo 379 del Código Penal. Cuando se conduce en las mismas circunstancias con temeridad manifiesta pero además, con el agravante de poner en peligro la vida o integridad de las personas, la pena de prisión oscilará entre los dos y cinco años según el artículo 381 del Código Penal.

Como antes hemos citado, la manera de mejorar o perfeccionar este tema sería tomando como objetivo la lucha contra el tráfico de drogas, y en consecuencia, limitar el abastecimiento y el consumo de ellas. Se necesitan normas que regulen los comportamientos punibles en el ámbito de las drogas y la adopción de medidas serias que establezcan límites mínimos de cumplimiento de penas de cárcel para aquellos que se lucren con ese comercio ilícito. Estamos hablando de un tema grave que hay que tratar con prudencia porque es la salud de las personas la que está en juego y que día tras día está en las calles. Pero la realidad parece y es otra, porque los programas de televisión nos presentan estos problemas como únicos en barrios marginales, como es el caso del programa Callejeros. En cambio, la realidad latente es otra poruqe la droga está presente hasta en los lugares más elitistas, y quizás es ahí de donde nacen todos los orígenes del tráfico.

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